Las sociedades mercantiles y demás formas sociales como los empresarios autónomos,  que tengan la obligación de auditarse, como los que lo hagan de forma voluntaria, hayan sido auditados deberán solicitar al auditor EL INFORME DE LA AUDITORÃA para el ejercicio 2015.
Este informe deberá acompañarse en la presentación de las Cuentas Anuales que se vayan a presentar ahora, y para aquellas sociedades y empresarios que su ejercicio coincida con el año natural.
El informe de auditorÃa se deberá publicar Ãntegramente, nunca de forma parcial o en extracto y siempre deberá ir acompañado de la totalidad de las cuentas anuales a que hace referencia.
Por otra parte se recuerda que los administradores tienen la responsabilidad de depositar el informe en el registro y de facilitar copias del mismo a los accionistas o socios.
Por ello es importante que estemos pendientes y que solicitemos al auditor dicho informe para que se presente junto con la Cuentas Anuales del ejercicio 2015.
El informe de auditorÃa se deberá publicar Ãntegramente, nunca de forma parcial o en extracto y siempre deberá ir acompañado de la totalidad de las cuentas anuales a que hace referencia.
Por otra parte se recuerda que los administradores tienen la responsabilidad de depositar el informe en el registro y de facilitar copias del mismo a los accionistas o socios.
Por ello es importante que estemos pendientes y que solicitemos al auditor dicho informe para que se presente junto con la Cuentas Anuales del ejercicio 2015.
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